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13/05/2018 an 12:18

COMITÉ DE COMPETICIÓN

COMITÉ DE COMPETICIÓN

  • PARTIDO “LA BARBACANA/MOCAMBO CAFFE PIDETAXI & SPORTLIFE” 

Fecha:  07/05/2018         Hora:     21:00                     Lugar:    Vigil de Quiñones 2


Tras recibir el acta y haber estudiado el mismo, este comité acuerda:

  • SANCIONAR CAUTELARMENTE al Jugador: D. José Miguel González Listan del equipo La Barbacana, hasta recibir escrito del equipo/jugador, para su defensa, que deberá ser enviado al correo [email protected] antes de las 15:00 horas del próximo viernes 18 de mayo, para su posterior estudio y proceder a dictaminar su sanción.


  • SANCIONAR CAUTELARMENTE al Delegado: D. Antonio Benítez Fernández, del equipo La Barbacana, hasta recibir escrito del equipo/jugador, para su defensa, que deberá ser enviado al correo [email protected] antes de las 15:00 horas del próximo viernes 18 de mayo, para su posterior estudio y proceder a dictaminar su sanción.

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BALONCESTO


Pago de Arbitrajes:


  • Equipo Drinkteam, tras recibir informe de la organización, por la reclamación de los árbitros, por no ser abonado el partido donde no se presentaron y que según el reglamento anexo de baloncesto, especifica que:
  • Artículo 12.- La no-presentación de un equipo, será sancionada con la pérdida del partido por 2-0, además de restarle un partido ganado de la clasificación general, el equipo que no se presente deberá abonar la totalidad de la cuota del arbitraje antes de la siguiente jornada a la organización, en caso de no hacer efectivo el pago será expulsado de la competición

Habiendo recibido notificación de que el equipo contrario, se presento a jugar, este COMITÉ ACUERDA, que el equipo DRINKTEAM, deberá de abonar el correspondiente pago arbitral antes de la celebración del próximo, partido a disputar, a contar desde el lunes 14 del presente mes de mayo.

De no ser abonado dicho pago, se actuara conforme al Artículo 12 del reglamente anexo de baloncesto para la competición local (recordar que dicho reglamento esta aprobado por todos los equipos locales, por lo que su aplicación será aplicada siempre como indica el mismo)

 

  • Equipo SOTO CLIMATIZACIONES, tras recibir informe de la organización, por la reclamación de los árbitros, por no ser abonado el partido donde no se presentaron y que según el reglamento anexo de baloncesto, especifica que:
  • Artículo 12.- La no-presentación de un equipo, será sancionada con la pérdida del partido por 2-0, además de restarle un partido ganado de la clasificación general, el equipo que no se presente deberá abonar la totalidad de la cuota del arbitraje antes de la siguiente jornada a la organización, en caso de no hacer efectivo el pago será expulsado de la competición

 

Este COMITÉ ACUERDA, que el equipo SOTO CLIMATIZACIÓN, deberá de abonar el correspondiente pago arbitral antes de la celebración del próximo, partido a disputar, a contar desde el lunes 14 del presente mes de mayo.

De no ser abonado dicho pago, se actuara conforme al Artículo 12 del reglamento anexo de baloncesto para la competición local (recordar que dicho reglamento esta aprobado por todos los equipos locales, por lo que su aplicación será aplicada siempre como indica el mismo)

 

RECORDAD A LOS DOS EQUIPOS, QUE UNA NUEVA INCOMPARECENCIA, ACARREARÍA LA EXPULSIÓN DE LA COMPETICIÓN DOMESTICA, QUEDANDO TODOS SUS JUGADORES SANCIONADOS PARA PRÓXIMAS EDICIONES, HASTA NO ABONAR SU CORRESPONDIENTE SANCIÓN ECONÓMICA INDIVIDAL.

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  • Equipo SORVIVORS HOTEL SAN CRISTOBAL, en relación a su negativa en abonar los 60€ de fianza de esta temporada, alegando que en la sanción del año pasado, donde se inhabilito a su delegado, con una año de sanción y al no aparecer la sanción económica en dicho acta, no es excusa, ya que cualquier sanción lleva adjunta su sanción económica y según los artículos 19 y 31 del reglamento interno de competición de baloncesto:


         Artículo 19.- El equipo que alinee algún jugador indebidamente (falta de ficha legalizada o por estar sancionado) perderá el partido por 2-0, además de restarle un partido ganado de la clasificación general siendo sancionado también con 30 €, la primera vez, 50 € la segunda vez. La reiteración de alineación indebida en dos ocasiones, conllevará la expulsión del equipo del  campeonato. Por tal motivo de expulsión del campeonato, se deberá aplicar lo anteriormente señalado en el Artículo nº 11.

Artículo 31.- La manipulación de las actas arbítrales por el delegado, capitán o jugadores de cualquier equipo se sancionará con 50€.

  • Teniendo en cuenta que estos artículos están dispuestos para que pase una vez y teniendo en cuenta que este comité dispuso, que la alineación de los jugadores federados en los distintos partidos (aun estando inscritos, fue ilegal su inscripción) y que tuvo repercusión en todos los partidos, no entendemos como pueden alegar y negarse a pagar los 60€ de fianza, por no aparecer en el correspondiente acta, a nuestro entender, ya bastante daño se le hace a la competición con lo del año pasado, como para ahora no acometer el derecho de abono de la fianza, que todos los equipos hicieron el año pasado y al no tener sanciones, se les ha computado para este año.


  • POR TAL MOTIVO ESTE COMITÉ COMUNICA QUE: El equipo SURVIVORS H.S. CRISTOBAL, deberá de abonar la cantidad de 60€, en concepto de fianza de la temporada 2017/2018, antes del viernes 18 de mayo, de no ser así será sancionado por este comité.


  • Recordar a todos los equipos de Baloncesto que todo equipo que a lo largo de la temporada, consuma los 60€ de la fianza, deberán abonar otros 60€ para poder continuar con los gastos de posibles sanciones, antes del comienzo de la siguiente jornada, a la comunicación por parte de este comité, debiendo de ser ingresada en la cuenta de la organización.

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EQUIPOS QUE DEBEN DE ABONAR 2º PAGO DE FIANZA

  • D. SAN MARTIN ( Fútbol Sala)    (31 tarjetas amarillas + 2 rojas)

 

  • SOTO CLIMATIZACIÓN (Baloncesto) (dos incomparecencias “1 liga”  y  “1 en copa”, esta última no contabiliza para la expulsión de la liga por no presentarse a dos partidos de liga,)

Estos pagos de 60€ deben de ingresarse en la cuenta de la organización, antes del viernes 18 de mayo, enviando justificante de ingreso a dicha organización, de no ser así serán sancionados dichos equipos.

 

  • Los acuerdos de este Comité de Competición son recurribles hasta el viernes siguiente a su resolución, debiéndose presentar los pertinentes recursos antes de las 11 horas del día antes indicado, en la secretaría de la organización o al email “[email protected]” de no ser así, se considerará fuera de plazo. Todo ello en virtud de lo recogido en el Artículo 21 del Reglamento Interno de la Competición para la presente temporada.  

 

Marbella 11 de mayo de 2018

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